Texto completo de la Nueva Ley Nacional de la Música

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jueves, 15 de noviembre de 2012

SEMANA DE LA MUSICA 2012

Desde el Domingo 18 de Noviembre estaremos compartiendo la Semana de la Música 2012 co-organizada por Ringo Discos y MuCC. 
Abajo la Grilla completa de actividades.

CHARLAS:

Domingo 18 de Noviembre - 18 hs.
Lacandona Hostel - Rondeau 249 - Cba.
- "Colectivos culturales independientes y redes de trabajo colaborativo: desafíos cotidianos, nuevas herramientas, vínculos interprovinciales - Hacia un corredor nacional de trabajo para la circulación de la música independiente argentina."


Participan: 
- Mamboretá records (formosa) - Marcos Ramirez 
- Y ella que toca/red de productoras (Córdoba) - Nadia Vidal 
- Ringo discos  (Córdoba) - David Socolocci
- La fabrica cultural (Córdoba) - Mariano Salinas
- Chino Villamayor (Dosis Creativa Producciones - Rio IV)
Lucas Garcia (Hostel Lacandona - Cba)



Lunes 19 de Noviembre - 19 hs.
La Fábrica Cultural - Caseros 988 - Cba.
- "Funcionamiento, alcance, Beneficios y tareas que se realizan desde el Sindicato de Músicos de Córdoba"

Participan: 
- David Albano y Alejandro Aizenberg - Sindicato de Músicos de Córdoba.



Miércoles 21 de Noviembre - 19 hs.
Auditorio Radio Nacional Córdoba - Santa Rosa y Gral Paz - Cba.
 - "SADAIC, funcionamiento general, recaudación, alcances y beneficios."

Participan:
- Victor Hugo Yunes - Secretario General SADAIC.


FESTIVAL
Jueves 22 de Noviembre - 16 a 23 hs.
Paseo Sobremonte - Caseros esquina Arturo M. Bas - Cba.

Bandas Invitadas:
Diente de León - Anticasper - Polvo de Estrellas - Malaquerencia - Ent - Año Luz - Nunca los abras - Batrasonik - La cartelera ska.

¡¡Los esperamos!!!








sábado, 15 de septiembre de 2012

Resumen de la charla sobre la Ley Nacional de la Música


El miércoles 12 de septiembre a las 19.30 se dio inicio a  la reunión con compañeros músicos y trabajadores de la música donde intercambiamos opiniones y pareceres sobre el Proyecto de Ley de Creación del Instituto Nacional de la Música (INAMU) reingresado al Congreso de la Nación el día 24 de agosto del corriente año.

Luego de una exposición sobre la construcción y el trayecto histórico de este proyecto, realizado  por parte de los compañeros de la organización Sebastián Vreys y Julián Beaulieu, surgió un enriquecedor intercambio de dudas, ideas y propuestas que aportaron una visión más amplia al debate y conocimiento de esta futura Ley.
Además del apoyo unánime al proyecto, se sugirieron redactar aportes a ciertos artículos con el objetivo de lograr un mejor funcionamiento del futuro INAMU. Para ello acordamos redactar un texto con el fin de ser enviado a los diputados nacionales con las sugerencias y los fundamentos de los cambios, para que sea revisado en el trabajo en Comisión.

Además acordamos intentar un nuevo encuentro, esta vez citando a los diputados y senadores por Córdoba para que nos den su visión sobre el proyecto y se interioricen sobre nuestras expectativas y así poder llegar al mejor puerto posible en las instancias de debate en comisiones y en el recinto.

Desde MuCC estamos convencidos que el INAMU será el primer paso para mejorar las condiciones de creación, producción, circulación y fomento de los músicos nacionales y será un buen punto de partida para profundizar los debates sobre todos los aspectos de Nuestra actividad.
Agradecemos a los compañeros asistentes y a todos los que se interesan y aportan desde distintos lugares a construir espacios de debate, crecimiento y desarrollo de la actividad y los invitamos a seguir participando para hacer mas fuerte el movimiento de músicos nacionales.

Los invitamos a todos el LUNES 17 de septiembre a las 19hs en TUCUMAN 367, 1º PISO (Casa de los Trabajadores Córdoba) a participar y seguir trabajando sobre éste y otros temas relacionados a nuestra actividad.



jueves, 6 de septiembre de 2012

ENCUENTRO DE MÚSICOS INDEPENDIENTES EN AUDITORIO RADIO NACIONAL


Convocamos a todos los trabajadores de la música, el próximo miércoles  12 de septiembre a las 19 hs. PARA DEBATIR Y ESTUDIAR EL PROYECTO DE CREACIÓN DEL “INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA”
Queridos compañeros, su presencia  es de suma importancia, debemos unirnos para poder continuar trabajando de manera colectiva por una ley que nos beneficiará a todos los que a diario luchamos por mejores condiciones y posibilidades para el músico independiente. Por la reivindicación de nuestros derechos, por un Instituto Nacional de la Música que nos contemple a todos y todas. ¡Los esperamos!




SANTA ROSA 241. INGRESO POR AVDA. GRAL PAZ

lunes, 3 de septiembre de 2012


Comenzó la convocatoria del Programa de Apoyo a la Edición Musical de Córdoba 2012

¡¡Apurarse que vence el 14 de éste mes!!

A partir del lunes 3 de septiembre y hasta el viernes 14 de este mes, permanece abierta la convocatoria del Programa de Apoyo a la Edición Musical de Córdoba 2012 que instrumenta Cultura de la Municipalidad de Córdoba. Los interesados deben presentarse en el Área Música y Danza ubicada en calle Arquitecto Thays 1075, Parque Sarmiento, de lunes a viernes entre las 9 y 19 horas. Habrá tres premios de 10 mil pesos cada uno para la grabación de material discográfico.
Se ha previsto que los montos de los premios se hagan efectivos de la siguiente manera: 50% a los 60 días de firmado el convenio con cada uno de los seleccionados en carácter de Premio Estímulo y el restante 50% al entregarse 100 discos a la Secretaría de Cultura de la Municipalidad de Córdoba.
Podrán participar todos los grupos, o solistas de música, formalmente constituidos que acrediten dos años de residencia permanente en la ciudad de Córdoba y tengan una trayectoria profesional no menor a dos años.
Las obras a presentar podrán ser editadas o inéditas; la temática, el estilo, la estructura y la estética son totalmente libres, pero se requiere que, al menos, dos tercios .del repertorio sea de autoría propia o de compositores cordobeses. Es de tener en cuenta que, en caso de ser elegidos, se requerirá que dichas obras estén registradas en un plazo de 10 días.
La Municipalidad de Córdoba designará un Consejo Asesor integrado por tres representantes idóneos de destacada trayectoria musical para seleccionar hasta 3 propuestas teniendo como criterio de selección la calidad integral de la propuesta, originalidad, composición, instrumentación e interpretación vocal e instrumental.


Podes leer las bases desde el siguiente link:

https://docs.google.com/open?id=0B4FSENhNpXA5VG01RXJsYlZpZ28



Mucc te invita hoy lunes 3 de septiembre a las 19 hs., a la reunión que se realizará en Casa de los Trabajadores -Tucumán 367- para conformar la "Comisión por la aprobación de la Ley Nacional de la Música".
Convocamos a socios y amigos del MuCC a participar de la comisión que organizará los próximos foros de discusión y difusión de la ley, cuyo proyecto se comenzó a tratar en la Cámara de diputados y se prevé su aprobación en el mes de octubre.
Tu presencia es importante, ¡Sonemos juntos o sonamos todos!


Proyecto de Ley: Instituto Nacional de la Música


24 de Agosto, 2012
Expediente 5728-D-12
El Senado y la Cámara de Diputados, sancionan con fuerza de ley …

CREACIÓN DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA
Artículo 1º. Objeto. Esta Ley tiene por objeto el fomento de la actividad musical en general y la nacional en particular.
Artículo 2º. Modalidades. A los efectos de la presente Ley se consideran las siguientes modalidades:
a) Música en Vivo: la que se interprete en forma directa frente al público;
b) producción de Música Grabada: la que tenga relación directa con las diferentes instancias del proceso de realización de fonogramas y/o videogramas;
c) Formación Integral del Músico: la que tenga relación directa con el conocimiento del arte de la música, de estudios académicos, de los derechos laborales, de la propiedad intelectual y de todo lo que aporte al desarrollo como artista;
d) difusión: la que tenga relación directa con la comunicación pública de un hecho musical a través de cualquier vía, medio o tecnología creado o que se cree en el futuro;
e) promoción Cultural y Social: la que tenga relación directa con el fomento de sucesos culturales y sociales de carácter musical, promoviendo el desarrollo de la actividad musical en los sectores más postergados de nuestro país.

Artículo 3º. Creación y Objetivo. Créase el INSTITUTO NACIONAL DE LA MÚSICA, en adelante el INAMU, que actúa en el ámbito de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación cuyo objetivo es el fomento, apoyo, preservación y difusión de la actividad musical en general y la nacional en particular.
Artículo 4º. Estatuto Legal. El INAMU, como ente público no estatal, se rige por el Estatuto y Reglamento Interno que elabore el Directorio y apruebe la Asamblea Federal y por las normas que le sean aplicables conforme a su naturaleza jurídica, objeto y funciones.
Artículo 5º. Funciones. Son funciones del INAMU:
a) Promover, fomentar y estimular la actividad musical en todo el territorio de la República Argentina, otorgando los beneficios previstos en esta Ley;
b) proteger la música en vivo, coordinando y fomentando los establecimientos con acceso al público donde se realice habitualmente actividad musical, en especial los centros culturales, clubes de música, bares culturales, auditorios, peñas, festivales, festividades tradicionales, y espacios no convencionales de música de nuestro país;
c) fomentar la producción fonográfica y de videogramas nacionales, su distribución y su difusión;
d) propiciar entre los músicos el conocimiento de los alcances de la propiedad intelectual, de las instituciones de gestión colectiva, así como de aquellas instituciones que defienden sus intereses y derechos como trabajadores;
e) contribuir a la formación y perfeccionamiento de los músicos en todas sus expresiones y especialidades y estimular la enseñanza de la música.
Artículo 6º. Conducción y Administración. El INAMU está conducido y administrado por un Directorio, una Asamblea Federal y un Comité Representativo.
A los integrantes de estos órganos les está vedado presentar proyectos para obtener, subsidios, créditos, vales de producción y difusión, como persona física o jurídica, por si mismos o por interpósita persona.
Artículo 7º. Conformación del Directorio. El Directorio está integrado por: un (1) Presidente y un (1) Vicepresidente, quien reemplazará al primero en caso de ausencia o delegación expresa de éste. Ambos serán designados y removidos por el Poder Ejecutivo Nacional.
El Presidente y el Vicepresidente tienen un mandato de cuatro (4) años, pudiendo ser reelegidos por un único período consecutivo.
Deben acreditar idoneidad y antecedentes profesionales en el arte de la música y/o en la gestión cultural musical.
En caso de vacancia de ambos por muerte, renuncia u otra causa, el Poder Ejecutivo Nacional designará nuevos representantes.
Los integrantes de este órgano no pueden ser directivos o detentar cargo en entidades vinculadas a la música, salvo renuncia expresa al momento de asumir.
Artículo 8º. Funciones. Son funciones del Directorio:
a) elaborar el Estatuto y Reglamento Interno, que regulen el funcionamiento del INAMU, los que serán sometidos a consideración de la Asamblea Federal para su aprobación;
b) elaborar un Plan Anual de Acción y Presupuesto General del INAMU, que serán sometidos a consideración de la Asamblea Federal para su aprobación;
c) convocar y presidir las sesiones de la Asamblea Federal;
d) convocar a sesiones al Comité Representativo;
e) elegir y designar, de la terna de candidatos propuesta por el Comité Representativo, los Coordinadores de las Sedes Regionales;
f) gestionar, percibir y administrar el Fondo de Financiamiento y los ingresos que pudiera obtener por todo concepto, así como administrar los bienes del organismo;
g) ejecutar las medidas de fomento tendientes a desarrollar la actividad musical, en sus aspectos culturales, artísticos, técnicos, industriales y comerciales, pudiendo a tal efecto auspiciar concursos, establecer premios, adjudicar becas de estudio e investigación y emplear todo otro medio necesario a tal fin;
h) instrumentar las convocatorias para la presentación de proyectos destinados a subsidios nacionales;
i) conformar una Fonoteca Nacional con el objeto de resguardar el patrimonio que conforman los diferentes estilos musicales del país e integrar la información con otros archivos musicales existentes;
j) promover la música nacional en el exterior;
k) crear, mantener y actualizar el Registro Único de Músicos y Agrupaciones Musicales Nacionales;
l) asesorar a otros organismos del Estado en asuntos en que se encuentre involucrada la actividad musical;
m) elaborar un Informe Anual sobre la ejecución de la presente ley;
n) implementar los mecanismos de control e imponer las sanciones previstas en la presente Ley.
Artículo 9º. Conformación de la Asamblea Federal. La Asamblea Federal está presidida por el Presidente del INAMU e integrada por un (1) representante gubernamental del ámbito de la cultura por Provincia y del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Tomará sus decisiones por mayoría absoluta de sus miembros.
Los integrantes de la Asamblea Federal ejercen sus funciones ad honorem y sus gastos serán financiados por las jurisdicciones de procedencia.
Los integrantes de este órgano no pueden ser directivos o detentar cargo en entidades vinculadas a la música, salvo renuncia expresa al momento de asumir.
Artículo 10º. Funciones. Son funciones de la Asamblea Federal:
a) aprobar el Estatuto y Reglamento Interno elaborados por el Directorio;
b) aprobar el Plan Anual de Acción y el Presupuesto General del INAMU, elaborados por el Directorio;
c) designar cada dos (2) años a CINCO (5) miembros para integrar el Comité Representativo, uno por cada región cultural, los cuales deberán ser personalidades relevantes del ámbito de la música;
d) aprobar o rechazar, a propuesta del Comité Representativo, la creación de Sedes Provinciales.
Artículo 11º. Conformación del Comité Representativo. El Comité Representativo está integrado por DIECISIETE (17) miembros de los cuales: CINCO (5) serán propuestos por la Asamblea Federal, nombrando personalidades relevantes del ámbito de la música, UNO (1) por cada región cultural, y los restantes DOCE (12) por las entidades que, con personería jurídica o gremial, representen a los sectores de la actividad musical nacional, las que propondrán a personalidades relevantes por cada sector de la música, enumerados a continuación: UN (1) representante de los autores y compositores, UN (1) representante de los intérpretes, UN (1) representante de asociaciones sindicales, DOS (2) representantes de los productores fonográficos nacionales de los cuales uno (1) de ellos deberá ser Productor Fonográfico Nacional Independiente, UN (1) representante de la enseñanza musical de gestión estatal, UN (1) representante de la enseñanza musical de gestión privada, DOS (2) Músicos Nacionales Registrados Independientes, UN (1) representante de los establecimientos donde se ejecuta música en vivo, UN (1) representante de productores de eventos musicales, UN (1) representante por las asociaciones de representantes artísticos.
Si existiese en un mismo sector más de una entidad con personería jurídica o gremial, dicha propuesta será resuelta en forma conjunta y en caso que la misma no se resuelva será elegida la propuesta correspondiente a la entidad con mayor cantidad de asociados, según padrones actualizados.
Los miembros del Comité Representativo tienen un mandato de cuatro (4) años, pudiendo ser reelegidos por un único período consecutivo. Los integrantes del Comité Representativo ejercen sus funciones ad honorem.
Artículo 12º. Funciones. Son funciones del Comité Representativo:
a) proponer una terna de candidatos al Directorio para elegir al Coordinador de cada Sede Regional del INAMU;
b) proponer a la Asamblea Federal la creación de Sedes Provinciales para su aprobación
c) constituirse en Comité Evaluador de los proyectos presentados en las convocatorias para subsidios nacionales realizados por el Directorio;
d) asistir a las sesiones convocadas por el Directorio.
Artículo 13º. Regiones Culturales. A los fines de la presente Ley se consideran Regiones Culturales a las siguientes:
a) Región Centro: Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Provincias de Buenos Aires y Córdoba;
b) Región Nuevo Cuyo: Provincias de Mendoza, La Rioja, San Juan y San Luis;
c) Región NEA: Provincias de Santa Fe, Chaco, Corrientes, Entre Ríos, Misiones y Formosa;
d) Región Patagónica: Provincias de Tierra del Fuego, Santa Cruz, Chubut, Río Negro, Neuquén y La Pampa;
e) Región NOA: Provincias de Jujuy, Tucumán, Salta, Catamarca y Santiago del Estero.
Artículo 14º. Creación de Sedes Regionales. Se creará una Sede en cada Región Cultural. El Coordinador Regional es la máxima autoridad de cada región. Tendrá un mandato de cuatro (4) años, pudiendo ser reelegido por un único período consecutivo. Será una personalidad relevante de la actividad musical elegida por el Directorio a propuesta del Comité Representativo.
Artículo 15º. Conformación de las Sedes Regionales. Cada Sede Regional estará conformada de la siguiente manera: a) Centro de Producción Musical; b) Centro Cultural y Social; c) Centro de Subsidios y Créditos y d) Centro de Formación Integral del Músico.
Artículo 16º. Conformación de los Centros de Producción Musical. Los Centros de Producción Musical estarán compuestos por tres modalidades: a) Música en vivo, b) difusión y c) música grabada. Las tres modalidades estarán conformadas por un representante del INAMU elegido por el Coordinador Regional de cada Sede y representantes de asociaciones de músicos. A su vez, las dos primeras estarán conformadas por representantes de asociaciones de establecimientos privados donde se desarrolle música en vivo.
Dichas asociaciones deberán contar con personería jurídica de la jurisdicción que representen, deberán financiarse con recursos propios generados por el aporte voluntario de sus asociados y no podrán ser filiales, ni depender directa o indirectamente de una Sede de otra Región.
Artículo 17º. Funciones. Los Centros de Producción Musical tendrán las siguientes funciones:
a) implementar un Sistema de Vales de Producción para ser utilizados en cualquiera de las instancias del proceso de producción musical;
b) evaluar los proyectos, a fin de asignar los vales correspondientes, que presenten los Músicos Nacionales Registrados Independientes ya sea como solistas o como Agrupaciones Musicales Nacionales Registradas Independientes;
c) crear un Circuito Estable de Música en Vivo que contará con Vales de Difusión para publicitar los distintos espectáculos. Dichos Vales permitirán mayores beneficios en proporción a los espectáculos realizados con Músicos Nacionales o Agrupaciones Musicales Nacionales que se hayan inscripto en el Registro Único de Músicos Nacionales y Agrupaciones Musicales Nacionales;
d) convocar a concurso abierto a medios de comunicación locales a fin de pautar publicidad sobre los espectáculos que se desarrollen dentro del Circuito Estable de Música en Vivo. Los representantes de dicho espacio controlarán y evaluarán las cualidades, antecedentes y precios de los medios que se presenten;
e) convocar a concurso abierto a establecimientos privados que deseen formar parte del Circuito Estable de Música en Vivo;
f) convocar a concurso abierto a Proveedores de Bienes y Servicios de acuerdo con las distintas instancias del proceso de producción musical. Dicho concurso se realizará privilegiando las industrias locales. En los casos en que la actividad a licitar no se desarrolle en esa Región o no reúna las calidades exigidas el Directorio podrá ser quien convoque a concurso;
La implementación de las funciones arriba mencionadas se realizará con la participación del representante del INAMU, de las asociaciones de músicos y las asociaciones de establecimientos privados donde se desarrolle música en vivo.
Artículo 18º. Conformación y funciones del Centro Cultural y Social. El Centro Cultural y Social estará conformado por UN (1) representante del INAMU y por organizaciones de músicos y tendrá como función el fomento de sucesos culturales y sociales de carácter musical, promoviendo el desarrollo de la actividad musical en los sectores más postergados de nuestro país.
Artículo 19º. Conformación y funciones del Centro de Subsidios y Créditos. El Centro de Subsidios y Créditos estará conformado por UN (1) representante del INAMU y por organizaciones de músicos y tendrá como función la evaluación y otorgamiento de subsidios y créditos destinados a financiar proyectos de la actividad musical.
Artículo 20º. Conformación y funciones del Centro de Formación Integral del Músico. El Centro de Formación Integral del Músico estará conformado por UN (1) representante del INAMU y por organizaciones de músicos y tendrá como función promover conocimientos sobre el arte de la música, de estudios académicos, de los derechos laborales, de la propiedad intelectual, y de todo lo que aporte al desarrollo del artista.
Artículo 21º. Sanciones por Incumplimiento. Los beneficiarios que destinen el monto del subsidio, del crédito y/o de los Vales de Producción o Difusión al financiamiento de fines distintos al objeto del mismo, no lo ejecuten en las condiciones establecidas, y/o lo cedan total o parcialmente, deberán pagar una multa por un valor equivalente de hasta el triple del monto del subsidio, del crédito y/o del vale otorgado y serán excluidos en forma permanente de los beneficios del INAMU, todo ello sin perjuicio de las sanciones penales o administrativas que pudiesen corresponder.
Artículo 22º. Creación de Sedes Provinciales. Se podrán crear Sedes Provinciales a propuesta del Comité Representativo y sujeto a la aprobación de la Asamblea Federal, con la correspondiente reasignación de responsabilidades y recursos de la Sede Regional de pertenencia.
Artículo 23º. Registro Único de Músicos Nacionales y Agrupaciones Musicales Nacionales. Créase el Registro Único de Músicos Nacionales y Agrupaciones Musicales Nacionales.
La inscripción en el Registro se efectuará por medio de una declaración jurada sobre su condición de músico, sin examen, por la cual se otorgará la credencial de Músico Nacional Registrado y la misma será obligatoria para obtener los beneficios que pudieran otorgarse a partir de la presente Ley. Cada una de las Sedes tendrá la responsabilidad de gestionar las inscripciones y actualizaciones del mismo que se realizarán cada tres (3) años.
Artículo 24º. Fondo de financiamiento. Créase el Fondo de financiamiento del INAMU que estará constituido por los siguientes recursos:
a) el dos por ciento (2%) de los fondos recaudados de acuerdo al artículo 97°, inc “g”, de la Ley 26.522 de Servicios de Comunicación Audiovisual;
b) los importes surgidos de multas, intereses, recargos y demás sanciones pecuniarias que se apliquen por disposición de la presente Ley;
c) las contribuciones y subsidios, herencias y donaciones, sean estatales o privadas, realizadas por personas físicas o jurídicas, así como todos los recursos que pudiera aportar el Estado Nacional;
d) las rentas, frutos e intereses de su patrimonio;
e) los provenientes de la venta de bienes y locaciones de obra o de servicios;
f) las recaudaciones que obtengan las actividades musicales especiales dispuestas por el INAMU;
g) los fondos provenientes de servicios prestados a terceros y de las concesiones que se otorguen en oportunidad de la realización de eventos vinculados al quehacer musical;
h) la comercialización de espacios de publicidad que se contraten en los espectáculos musicales;
i) los aportes eventuales de las jurisdicciones provinciales o municipales para la Sede respectiva;
j) los aportes eventuales de organismos nacionales e internacionales;
k) todo otro ingreso no previsto en los incisos anteriores que se derive de la gestión del organismo;
l) los gravámenes específicos que a los fines de esta Ley pudieran crearse en el futuro.
Artículo 25º. Recursos del Directorio. De los recursos anuales del INAMU no más del veinte por ciento (20%) podrá ser afectado al Directorio. De este monto, se deberá destinar no menos del cincuenta (50%) en subsidios nacionales.
Artículo 26º. Recursos de las Sedes Regionales. De los recursos anuales del INAMU se distribuirá no menos del cuarenta por ciento (40%) entre las Sedes Regionales en forma igualitaria.
Artículo 27º. Recursos de los Centros de Producción Musical. Cada Sede Regional deberá afectar -descontados los gastos administrativos de funcionamiento- no menos del cincuenta por ciento (50%) de sus recursos a los Centros de Producción Musical distribuyéndose proporcionalmente entre las diferentes modalidades: Música en Vivo, Música Grabada y Difusión.
Si no pudiere ejecutarse la totalidad de dichos fondos, los mismos deberán trasladarse al período siguiente.
Artículo 28º. Gastos administrativos de funcionamiento de las Sedes. Los gastos administrativos de funcionamiento de las Sedes no podrán exceder el veinte por ciento (20%) del monto total de sus recursos.
Artículo 29º. Mecanismos de control. El INAMU se sujetará en lo referido a la formulación, ejecución, cierre de ejercicio presupuestario y control, a lo establecido en la Ley No 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
Artículo 30º. Actuación necesaria de músico nacional. En ocasión de que un Músico Extranjero o Agrupación Musical Extranjera se presente en vivo en el marco de un espectáculo en el ámbito del territorio nacional deberá ser contratado un Músico Nacional Registrado o Agrupación Musical Nacional Registrada, que contará en el evento con un espacio no menor a treinta (30) minutos para ejecutar su propio repertorio, finalizando con una antelación no mayor a una (1) hora del inicio de la actuación de aquél. En todos los casos el productor del evento suscribirá con el Músico Nacional Registrado o Agrupación Musical Nacional Registrada un contrato donde se consignará el valor de la contraprestación que deberá percibir por su actuación.
El Músico Nacional Registrado o Agrupación Musical Nacional Registrada será elegido por el productor de dicho evento.
Artículo 31º. Sanción por Incumplimiento. En caso de incumplimiento de lo dispuesto en el artículo anterior, el productor de dicho evento deberá pagar una multa por un valor equivalente al doce por ciento (12%) de la recaudación bruta de todos los conceptos que haya generado la actuación de dicho Músico Extranjero o Agrupación Musical Extranjera.
Artículo 32º. Participación en los medios de Comunicación. Los medios audiovisuales que compongan la Radio y la Televisión Argentina Sociedad del Estado deberán emitir y difundir las actividades, las agendas de espectáculos de música en vivo y cualquier otra actividad que el INAMU considere que deba difundirse, entendiéndose que los mencionados contenidos son de interés público.
Esta cuota no deberá ser menor al cero con cinco por ciento (0,5%) mensual de la totalidad de la emisión de los medios mencionados, y deberá ser repartida proporcionalmente a lo largo de la programación.
Artículo 33º. Reglamentación. La presente Ley deberá reglamentada en el plazo de noventa (90) días de su aprobación.
Artículo 34º. Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Anexo I
A todos los efectos de la presente ley se entenderá:
a) MUSICO NACIONAL: La persona física de nacionalidad argentina o extranjera con residencia en el territorio argentino, que cante, recite, declame, interprete, ejecute y/o componga de manera instrumental y/o vocal una obra musical, o que imparta conocimientos sobre el arte de la música en forma autogestionada, ejerciendo de esta manera el arte de la música.
b) AGRUPACION MUSICAL NACIONAL: Dos o más músicos nacionales que se hayan registrado y se presenten bajo un mismo nombre.
c) ACTIVIDAD MUSICAL toda expresión sonora musical manifestada artísticamente a través de distintos géneros creativos por parte de los músicos.
d) ACTIVIDAD MUSICAL NACIONAL: Toda expresión sonora musical manifestada artísticamente a través de distintos géneros creativos realizada por Músicos Nacionales Registrados.
e) MUSICO NACIONAL REGISTRADO: Aquel Músico Nacional que se haya inscripto en el Registro de músicos y agrupaciones musicales nacionales.
f) MÚSICO NACIONAL REGISTRADO INDEPENDIENTE: Es el Músico Nacional Registrado que no posea contrato o condicionamiento alguno que restrinja el ejercicio de su libertad artística y/o que sea autor o intérprete ejerciendo los derechos de comercialización de sus propios fonogramas mediante la transcripción de los mismos por cualquier sistema de soporte, teniendo la libertad absoluta para explotar y comercializar su obra.
g) FONOGRAMA NACIONAL: La fijación sonora de una ejecución o de otros sonidos realizada por o a la orden de un Productor Fonográfico Nacional o un Músico Nacional Registrado. A efectos de esta ley se adopta para Fonograma la definición del art. 1º del Convenio para la Protección de los Productores de Fonogramas (Ginebra 29/10/71 – ratificado por Ley 19.963).
h) VIDEOGRAMA NACIONAL: La fijación de obras audiovisuales de contenido primordialmente musical (fijación de audio e imagen) realizada por o a la orden de un Productor Fonográfico Nacional o un Músico Nacional Registrado.
i) PRODUCTOR FONOGRAFICO: Toda persona física o jurídica que haya adquirido y ejerza los derechos de comercialización de fonogramas mediante la transcripción de los mismos por cualquier sistema de soporte.
j) PRODUCTOR FONOGRAFICO NACIONAL: La persona física de nacionalidad argentina o extranjera con residencia en el territorio argentino, o la persona jurídica constituida en el país que no se halle controlada directa o indirectamente por personas físicas o jurídicas de nacionalidad extranjera, que haya adquirido y ejerza los derechos de comercialización de fonogramas y/o videogramas mediante la trascripción de los mismos por cualquier sistema de soporte.
k) MUSICO EXTRANJERO: La persona física de nacionalidad extranjera, que cante, recite, declame, interprete, ejecute y/o componga de manera instrumental y/o vocal una obra musical, o que imparta conocimientos sobre el arte de la música en forma autogestionada, ejerciendo de esta manera el arte de la música.
l) AGRUPACION MUSICAL EXTRANJERA: Dos o más músicos extranjeros que se presenten bajo un mismo nombre.
m) PRODUCTOR FONOGRÁFICO NACIONAL INDEPENDIENTE Es cuando el autor y/o Intérprete ejerce los derechos de comercialización de sus propios fonogramas mediante la transcripción de los mismos por cualquier sistema de soporte, teniendo la libertad absoluta para explotar y comercializar su obra.
n) VALE DE PRODUCCION: Orden pura y simple de canje, para solo una de las instancias del proceso de producción y/o publicación de Fonogramas y/o Videogramas realizada por Músicos Nacionales Registrados Independientes, a fin de beneficiar al proyecto artístico con una producción técnica prestada con herramientas profesionales. Son intransferibles.
o) VALE DE DIFUSION: Orden pura y simple de canje para que los espacios donde se desarrolle música en vivo, y formen parte del Circuito Estable, puedan acceder a los medios de comunicación, difusión y publicitarios ya sean privados o estatales. Son intransferibles.
Fundamentos
Señor Presidente:
De todas las variadas maneras que tienen los pueblos para expresarse, la música sea quizás la más bella y popular de todas. La música nacional, además de reflejar los sonidos y las voces de nuestra tierra, nos invita a recorrer su historia que no es otra que la del devenir y el futuro de nuestro pueblo.
Los tambores de los esclavos y sus carnavales, el relato solitario del gaucho pampeano, las tonalidades del altiplano norteño, la expresividad del grito litoraleño, la complejidad y sofisticación que se hace calle y arrabal del tango cosmopolita y el resto de los sonidos y mixturas musicales y poéticas, dan cuenta de la historia de lucha por la igualdad de derechos y de oportunidades de nuestro pueblo a lo largo de su vida.
La integración de ritmos nuevos que se argentinizaron sin darse cuenta, como lo hicieron los italianos, españoles, polacos y tantos otros inmigrantes que llegaban con sus anhelos de prosperidad a nuestro suelo, le fueron dando forma a una Cultura Nacional que nunca dejó de buscar inquietamente su identidad eternamente inconclusa y en constante movimiento.
Hasta la castellanización del rock significó un proceso de emancipación de una juventud de las grandes ciudades que se resistía a digerir sin masticar lo que llegaba de otras latitudes.
La música nacional reflejó acabadamente, como pocas en el mundo, los momentos de persecuciones, proscripciones y restricciones a la libertad, como también canalizó los gritos de independencia y algarabía popular.
En el terreno de lo musical se plasmaron como en pocos lugares las contradicciones y disputas sociales y políticas de nuestro país. Así como el Teatro Colón recibió exclusivamente a la casta de privilegiados vencedores del modelo agroexportador de principios de siglo para brindar, entre pocos, por el primer Centenario, fueron las calles interminables las que recibieron masivamente a un pueblo alegre para festejar la llegada de Bicentenario en el marco de un proyecto social, político, económico y cultural para el conjunto de los argentinos.
La música nacional es indiscutiblemente una parte imprescindible de la Cultura Nacional.
De la mano de la reconstrucción del país iniciada el 25 de mayo del 2003, la identidad nacional volvió a tomar forma, color y tonalidades nuevas, vivas. Con Néstor Kirchner volvió la música popular porque la patria volvió a mirarse al espejo con confianza en sí misma. Las variadas tradiciones musicales reaparecieron cuando se las creían sepultadas por un pragmatismo cultural neoliberal. Al ser reemplazado el arbitrario e injusto criterio del libre mercado por criterios políticos con sentido social, redistributivos y reparadores, nuevos caminos se le abrieron a una infinidad de voces largamente silenciadas.
Al mismo tiempo, las expresiones culturales que ya no dudan de su propia identidad generan la confianza en explorar nuevos horizontes, nuevos rumbos, libres de prejuicios y cadenas creativas. El viejo folclore saluda la llegada de uno nuevo. Vuelven a surgir letristas de tango y orquestas que hacen bailar a las parejas que vuelven a salir a las pistas. El rock expresa a una juventud inquieta que exige protagonismo. La cumbia sale orgullosa de sus barriadas para alegrar generosa y festivamente las grandes fiestas.
En un país que crece, cada provincia vuelve a expresar musicalmente su despertar, cada región potencia sus recursos creativos, lo popular y espontáneo convive con lo sofisticado y elaborado, porque todos se sienten parte de algo en común llamado patria.
El contexto inédito de hermandad latinoamericana integra y enriquece aún más las fronteras de la imaginación y la creatividad hacia nuevos sonidos y poesías. La presidenta Cristina Fernández de Kirchner suele decir que “nunca los presidentes de América Latina se parecieron tanto a sus pueblos” como ahora. También podría decirse que nunca nuestro continente tuvo una voz tan clara y melodiosa que exprese, con el valor agregado de la cultura, lo que los pueblos de la Patria Grande queremos compartir con el mundo entero: la firme decisión de elegir con alegría nuestro propio destino para la felicidad de todos.
El presente proyecto de Ley tiene en cuenta la pluralidad de voces y expresiones musicales de todas las regiones de nuestro país, con criterios federales y redistributivos en términos económicos y culturales para seguir fortaleciendo nuestra identidad como argentinos y como latinoamericanos con el generoso objetivo de ofrecerle al mundo lo mejor que tenemos: la fraternidad de nuestros pueblos.
Por todo lo expuesto, solicitamos a nuestros pares que nos acompañen con el presente Proyecto de Ley.
Firmantes: Diputados Nacionales Eric Calcagno, Mayra Mendoza, Andrés Larroque, Eduardo E. de Pedro, Leonardo Grosso, Horacio Pietragalla Corti, María Luz Alonso, Marcos Clerici, Anabel Fernández Sagasti, Marcelo Santillán

jueves, 30 de agosto de 2012

Municipalidad y Músicos Convocados de Córdoba firmaron acuerdo de trabajo conjunto





El día miércoles 27 de Agosto, luego de una serie de charlas entre la Secretaría de Cultura de la Ciudad de Córdoba y NUESTRA ASOCIACION, se firmó una carta de intención de TRABAJO CONJUNTO EN POS DE POLITICAS PUBLICAS CULTURALES. El punto más destacado es el lanzamiento del Programa de Apoyo a la Edición Musical de Córdoba, para el cual el municipio se comprometió a sostener su realización una vez al año, invirtiendo para este año la suma de $ 30.000.


Además, se acordó seguir trabajando y debatiendo propuestas para concretar programas y actividades que permitan el desarrollo y la capacitación de los músicos, como así también la puesta en marcha de mecanismos que permitan la circulación, promoción y difusión de los artistas locales dentro y fuera de Córdoba.

Otro punto a resaltar es el compromiso de recibir las opiniones del MuCC sobre la reglamentación de la Ordenanza de Espectáculos Públicos, a los fines de detectar y modificar los puntos que impidan el desarrollo pleno y armónico de la actividad.

Seguimos apostando a la construcción de herramientas que favorezcan a todos y profundizaremos nuestro trabajo en dotar de mejores condiciones de desarrollo a los músicos.



(clik en las imagenes para ver a mayor tamaño)

martes, 28 de agosto de 2012


Pronunciamiento MuCC: Ley Nacional de la Música 2012




Desde la asociación de Músicos Convocados de Córdoba  -MuCC- apoyamos incondicionalmente el re-ingreso de la Ley Nacional de la Música, presentada ante el congreso de la Nación el día 24 de agosto del corriente. Un marco legal que regule, fomente e impulse la actividad musical, fundamentalmente independiente de la Republica Argentina, es una necesidad impostergable de la actualidad del país.
Como asociación participamos desde el inicio en la formulación de este proyecto de ley comenzado en 2006, y en este sentido hemos mostrado una continuidad histórica en el apoyo a la aprobación de la misma. Afirmamos y sostenemos incondicionalmente que la ley debe ser construida y apoyada federalmente  de manera tal que contemple las necesidades de un país tan heterogéneo  y dispar como el nuestro.
Creemos de suma necesidad aprender del proceso que ha vivido la Ley Nacional de la Música desde 2006, en el que hemos podido comprender que un marco legal como el pretendido sólo puede llegar a buen puerto si es construido de manera colectiva, entre todas las asociaciones que representan de manera genuina y legítima a los músicos trabajadores del país.
Celebramos la nueva presentación de la ley en el congreso nacional en la medida que fortalezca la actividad de manera federal, porque las necesidades  se encuentran distribuidas de manera diversa a lo largo de todo el país. Porque la música, como pieza vital de la cultura de una Nación, demanda un apoyo absoluto del estado en sus distintas esferas, puesto que es un derecho inalienable de los pueblos.
Por la Ley Nacional de la Música. Sonemos juntos o sonamos todos.

Músicos Convocados de Córdoba (MuCC). 

lunes, 27 de agosto de 2012


LEY NACIONAL DE LA MÚSICA RECARGADA: NUEVAMENTE SE PRESENTA EL PROYECTO DE LEY ANTE EL CONGRESO


Con gran alegría hemos recibido hoy una alentadora noticia: El proyecto "Ley Nacional de la Música" nuevamente fue presentado ante el congreso el pasado viernes 25-08 para ser retomado su tratamiento, en vistas a la aprobación definitiva de la ley. Esperamos que en esta ocasión sea finalmente aprobada, ya que durante el 2011 perdió estado parlamentario por no haber sido tratada en las sesiones previstas.
Desde MuCC -Músicos Convocados de Córdoba- enviamos nuestra total adhesión y apoyo, anhelando que esta vez podamos los trabajadores de la música de todo el país, entre otros beneficios contar con un Instituto Nacional de la Música. Hemos participado en la creación de este proyecto de ley desde sus orígenes, el mismo viene siendo elaborado desde el año 2006 por gran cantidad de colectivos musicales de todo el territorio nacional.

martes, 14 de agosto de 2012


La Asociación Civil Músicos Convocados de Córdoba  -MuCC- , tiene el agrado de informar a la comunidad  las nuevas autoridades que integran la comisión directiva, producto de la votación para renovación de autoridades llevada a cabo en la Asamblea General Ordinaria el pasado lunes 13 de agosto de 2012. A partir de la citada fecha, este nuevo ciclo continuará conducido formalmente por los siguientes representantes:

COMISIÓN DIRECTIVA

PRESIDENTE: Jorge Cueto
VICEPRESIDENTE: Sebastián Vreys
SECRETARIO: Víctor Garay
TESORERO: José I. Gómez
VOCAL 1: Carola Sol Salas
VOCAL 1 (suplente): Julián Beaulieu
VOCAL 2: Emiliano Guerrero
VOCAL 2 (suplente):  Pablo Álvarez

REVISORES DE CUENTAS
TITULAR: Andrea Grillo
TITULAR: Marcos Sebastián Luc
SUPLENTE: Lisandro Ponzetti

Aprovechamos la ocasión para felicitar a los compañeros elegidos, brindando  todo nuestro apoyo para que de manera colectiva continuemos trabajando junto a la comunidad musical de nuestra querida Córdoba. 

lunes, 2 de julio de 2012

Bienvenida Radio Rock de Córdoba!!!

Desde hace unos dias ya suena en el "aire" de la net la nueva Radio RocK de Córdoba, radio Independiente de los Músicos Alternativos de Córdoba .El espacio propio para mostrar a Nivel Nacional e Internacional lo que no se encuentra en otra parte, 24 hs con el color de la Córdoba contemporánea y llena de expresiones de la diversidad. Rock, Jazz, Jazz-Rock, Blues, Alternativos, Heavy, Reggae, Tango, Trova, Fusión y otros géneros

Festejamos esta iniciativa y la sumamos a nuestra espacio para aportar a la difusión.

Desde ahora la radio la podes escuchar en el reproductor situado a la derecha de nuestro blog o en el siguiente link:

http://code4web.listen2myradio.com/

jueves, 19 de abril de 2012



URGENTE CABILDO TOMADO
Todos los sectores de la cultura de Córdoba que defendemos la Cultura Pública hemos tomado el Cabildo Histórico de Córdoba en rechazo a la Aprobación del Proyecto Fundación
Instituto Municipal de Cultura y para demostrar que la lucha sigue, estamos organizados y vamos a seguir defendiendo la 
Cultura Pública.
Pedimos a toda la comunidad Cordobesa que nos apoye rodeando el Cabildo para evitar la represión con la que ya nos están amenazando y garantizar la seguridad de todos los que
están adentro.
Pedimos que se difunda esta información y especialmente a todos los medios de comunicación que participen de la conferencia de prensa que se llevará adelante en la próximas horas


Mestre privatiza, la cultura se rebela!

martes, 17 de abril de 2012

La Cultura "La Cultura", cantada por músicos unidos en repudio de la Fundación "Instituto Municipal de Cultura". NO A LA PRIVATIZACIÓN DE LA CULTURA. Enrico Barbizi: voz y teclados. Maga Villaled (Glory Box): voz. Marcos Luc: guitarra acústica y voz. Ezequiel Rogna (La Pata de la Tuerta): cajón peruano y voz. Batra (Batrasonic): voz. Soledad San Martín (Despechadas): voz. Filmado por Juan Manuel Costa. Sábado 14 de abril de 2012. Paseo de las Artes, Córdoba, Argentina.




La Cultura

La vi en las calles de mi barrio
Soportando el frío
Cobijada por la nada
La vi metiendo un gol
La vi gritando emocionada
Entre los bombos de la hinchada
La vi tomando mate en la vereda
Y navegando hacia la mar
Por la cañada
La vi comprando en el mercado
Y la vi marchando
Con la izquierda levantada

La vi andar, la vi volar, la vi llorar,
La vi bailar, la oí gritar

La vi en la hamaca de la plaza
Y la vi fumando
Con los pibes de la esquina
La vi corriendo sobre el fuego
Sin chistar, hermosa,
Y coronada por espinas
La vi llorando de alegría
Cuando el sol invade
Como un rey en las cocinas
La vi emocionada y orgullosa
Cuando escucha a alguien
Hablar de la Argentina

La vi nacer, la vi crecer, la vi caer,
La vi ceder, la oí volver

La Cultura habita en cada ser
Es el hambre, el alimento,
Es el agua, es la sed
La Cultura es mi razón de ser
Aunque algunos no la rieguen
Nunca para de crecer

La vi amamantando las canciones
Que se libran por la
Boca del cantante
La vi desnuda y liberada,
Sin marido, haciéndole el
Amor a sus amantes
La vi tan frágil como una libélula
Y la vi marchando
A paso de elefante
La vi asustada, acorralada,
Subastada ante un
Tribunal deliberante

La vi salir, la vi reír, la vi parir,
La vi morir, la oí decir

La Cultura habita en cada ser
Es el hambre, el alimento,
Es el agua, es la sed
La Cultura es mi razón de ser
Aunque algunos no la rieguen
Nunca para de crecer


DECIMOS ¡NO!
AL PROYECTO DE ORDENANZA FUNDACIÓN “INSTITUTO MUNICPAL DE CULTURA”
El próximo miércoles 18 de abril a partir de las 15 hs., nos concentraremos junto a toda la comunidad artística en el concejo deliberante, fecha en que sesionará la comisión de cultura.
Es muy importante que asistamos TODOS ya que el jueves 19 SE TRATARÍA LA APROBACIÓN DE LA ORDENANZA.
Con la misma consigna, convocamos nuevamente a una movilización el jueves 19 de abril a las 8:30 hs. en el Cabildo, desde allí marcharemos hacia el Concejo Deliberante.
¡¡PARTICIPEMOS TODOS!!
EN DEFENSA DE UNA CULTURA PÚBLICA.

miércoles, 11 de abril de 2012

QUERIDOS COMPAÑEROS ARTISTAS Y COMUNIDAD TODA:

Mañana Jueves 12 de abril a las 09:30 hs. en el Cabildo, se inician las actividades en repudio del proyecto de ordenanza"Instituto Municipal de Cultura". Se realizarán acciones e intervenciones artísticas y RADIO ABIERTA. 

A las 13 hs. CONCENTRACIÓN MASIVA en la puerta de la Capilla del Buen Pastor.

QUE SE SEPA: ¡NO PERMITIREMOS QUE SIGAN AVANZANDO!
COMPARTAN EN TODOS LOS MUROS Y AVISEN A CADA CIUDADANO QUE PUEDAN, NECESITAMOS AMPLIA DIFUSIÓN PARA PODER FRENAR ESTE ATROPELLO.
Muchas gracias y esperamos que se sumen todos a este gran colectivo de artistas que ya está unido para luchar juntos por una cultura pública, inclusiva y democrática.

¿Porque el músico córdobes necesita del Monotributo Social?

A través de nuestra organización que ya cuenta con mas de 250 asociados, representamos a un sector que a las claras se encuentra en situación de vulnerabilidad social. No hace falta recorrer mucho la ciudad, ni conocer en profunidad las leyes que regulan nuestra actividad para saber que la labor musical no esta tutelada ni garantizada por nadie.

Ante este escenario es que asumimos como asociación civil utilizar una herramienta que es el trabajo conjunto, el que nos permitió entender que no existen soluciones individuales para problemas colectivos.

Uno de los desafíos que asumimos como organización es levantar la bandera “Un músico = Un trabajador” que es nuestro punto de partida para pensar las políticas culturales y a la actividad musical en particular.

Reconocer a un músico como un trabajador implica derechos y obligaciones, asi como luchamos por tener una jubilación (derecho), entendemos que hay que aportar al sistema de seguridad social (obligación) como cualquier otro trabajador. Pero dado a que nos encontramos en una situación vulnerable se nos dificulta pagar altos costos de jubilación u obra social.

Esto que mencionamos está a la vista: No tenemos obra social, no podemos facturar por nuestro trabajo por lo cual estamos eternamente destinados a la informalidad laboral, tenemos ordenanzas municipales y leyes provinciales que no promueven nuestra actividad, y un gran vacío legal a nivel nacional al caer este año el proyecto de la Ley Nacional de la Música.

Hay compañeros y compañeras que además de la sola ejecución musical se dedican a la luthería, docencia, composición, transcripción, entre muchas otras actividades complementarias a la mera ejecución de música en vivo. Es decir que cuando hablamos de la imposibilidad de facturar estamos hablando de un amplio abanico de actividades económicas relacionadas con la música.

Nuestra realidad nos hace interpretar que suscribir a esta política de Estado que tiende a sacar de la informalidad a trabajadores precarizados y excluídos del mercado laboral es acogible para nuestra asociación que representa a este sector de la cultura.

Gracias a charlas y presentaciones llevadas adelante por MuCC frente al ministerio de desarrollo social, el mismo accedió a brindar el beneficio del monotributo social a los músicos que así lo soliciten.

El organismo encargado de gestionar el Monotributo Social es el Registro Nacional de Efectores, de Desarrollo Local y Economía Social que depende de la dirección Nacional de fomento del Monotributo Social, el cual trabaja con redes y organizaciones de emprendedores fortaleciendo proyectos en marcha e impulsando nuevas iniciativas. 

La inscripción también puede realizarse en los Centros de Referencia de todo el país.

El próximo lunes 16 de abril, charla informativa al respecto para todos los interesados y quienes deseen aclarar cualquier duda. 

Como siempre, en nuestra sede: Tucumán 367 - 1º Piso - Casa de los Trabajadores - Bº Centro

lunes, 9 de abril de 2012


¡Estimados compañeros!


Los invitamos a acercarse hoy LUNES 9 de Abril, a las 19 horas a nuestra sede -Tucumán 367 
1º piso, Casa de los Trabajadores, para debatir los siguientes temas:


  • Proyecto de creación de la "Fundación Instituto de Cultura Municipal". 
  • Avances del proyecto, posición del MuCC, actividades de movilización para ésta semana.
  • Monotributo Social para Músicos: estado de la gestión y posibilidad de inscripción de los interesados a conseguir este beneficio. Recepción de inquietudes.
  • Elecciones en el MuCC: trámites necesarios, padrones y posible fecha de elecciones.



Los invitamos a todos a sumarse y participar. 
Continuemos construyendo nuestras herramientas de autogestión.

miércoles, 4 de abril de 2012

Llaman a debatir sobre el Instituto Municipal de Cultura | cba24n

Llaman a debatir sobre el Instituto Municipal de Cultura | cba24n
¡¡ATENCIÓN COMPAÑEROS!!!

MOVILIZACIÓN AL CONCEJO. ¡¡SONEMOS JUNTOS O SONAMOS TODOS!!

HOY MIÉRCOLES 04-04 A LAS 16 NOS MOVILIZAMOS TODOS LOS ACTORES CULTURALES CORDOBESES HASTA EL CONCEJO DELIBERANTE. 

 LLEVEN PANCARTAS, BOMBOS Y CUALQUIER ELEMENTO QUE NOS HAGA SONAR BIEN FUERTE PARA QUE DE UNA VEZ NOS ESCUCHEN. 

 ¡¡¡VAYAMOS TODOS NO NOS DEJEMOS PRIVATIZAR LA CULTURA!!!

. NO A LA CREACIÓN DE LA FUNDACIÓN “INSTITUTO MUNICIPAL DE LA CULTURA”
. RETIRO INMEDIATO DEL PROYECTO DE ORDENANZA 352946/12 CONCEJO DELIBERANTE
3621-E-12 (FUNDACIÓN “INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA”)
. FORMULACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS QUE COMPRENDAN A SUS ACTORES
FUNDAMENTALES Y QUE SEAN DEBATIDAS DEMOCRÁTICAMENTE
. CAPACITACIÓN DEL PERSONAL MUNICIPAL DEL ÁREA DE CULTURA
. MÁS PRESUPUESTO PARA CULTURA

NOS ENCONTRAMOS DIRECTAMENTE AHÍ POR FAVOR DIFUNDAN LO MÁS QUE SE PUEDA.
MUCHAS GRACIAS!!!!!!

martes, 3 de abril de 2012


¡¡ATENCIÓN COMPAÑEROS!!!

NOTA EN CANAL 12 – MOVILIZACIÓN AL CONCEJO

Mañana miércoles 04 de abril a las 10 AM en punto, en 25 de Mayo y Rivadavia, en el móvil en vivo del programa  “Lagarto Show”, nos harán una nota en referencia  al proyecto de creación del  “Instituto Municipal de Cultura”.  ¡Los invitamos a formar parte y poner su voz, es de suma importancia que estemos todos presentes!

Además, a las 16 hs. nos movilizaremos  junto a otros sectores de la cultura cordobesa hasta el concejo deliberante.
  • NO A LA CREACIÓN DE LA FUNDACIÓN “INSTITUTO MUNICIPAL DE LA CULTURA”
  • RETIRO INMEDIATO DEL PROYECTO DE ORDENANZA 352946/12 CONCEJO DELIBERANTE  3621-E-12 (FUNDACIÓN “INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA”)
  • FORMULACIÓN DE POLÍTICAS PÚBLICAS QUE COMPRENDAN A SUS ACTORES FUNDAMENTALES Y QUE SEAN DEBATIDAS DEMOCRÁTICA MENTE
  • CAPACITACIÓN DEL PERSONAL MUNICIPAL DEL ÁREA DE CULTURA
  • MÁS PRESUPUESTO PARA CULTURA

martes, 27 de marzo de 2012


Pronunciamiento de la asociación civil Músicos Convocados de Córdoba (MuCC) respecto del proyecto de ordenanza de creación de la Fundación “Instituto Municipal de Cultura”.


     Desde la asociación venimos trabajando sobre la consideración y consolidación de una serie de principios que terminen por afianzar al artista como un sujeto de derecho, capaz de ser considerado un trabajador en sentido amplio. Creemos sin dudas que la acción del Estado en este sentido, es fundamental en la medida en que se convierte en la instancia política con facultad de brindar marcos regulatorios que aseguren la inclusión social con la premisa de fomentar la participación, cada vez más vasta, de los múltiples actores de la sociedad.
    Hacia finales de 2011 y comienzos del presente, saludamos la iniciativa de la actual gestión de gobierno municipal de elevar la jerarquía del área de cultura al rango de secretaría. Creímos que la jerarquización seria acompañada de una atención presupuestaria creciente para el área. Hoy es de público conocimiento el des-financiamiento total de la secretaría y el desinterés en revertir dicha situación al encontrarnos con la ordenanza municipal que propone la creación de una Fundación para llevar adelante las políticas culturales de nuestro municipio.
     Respecto a dicho proyecto de ordenanza debemos decir que las fundamentaciones del mismo son poco claras y distan bastante de la realidad que atravesamos los actores que caminamos la cultura cordobesa. El éxito de los “modelos” de fundaciones que justificarían la creación del instituto municipal de cultura no está explicitado cabría la pregunta: ¿Dónde se crearon fundaciones? ¿Dónde funcionaron?
     A su vez, si la “industria” cultural representa una porción cada vez más importante del PBI ¿por qué el Estado no invierte en el área? ¿Ha tenido el Estado municipal una acción que acompañe el crecimiento de la cultura en la ciudad? Por el contrario el municipio ha tendido a desfinanciar sistemáticamente al sector en atención a otros y ha generado una obstaculización creciente a la concreción de espectáculos culturales, a través de medidas prohibitivas y excluyentes.
     Acompañamos la idea que la “des-capacitación del personal y la paralización de las actividades y programas así como el incumplimiento y envejecimiento de determinadas ordenanzas… ” no solo es irreal sino que es consecuencia de una política sistemática de abandono al sector. Los proyectos y programas que se han llevado a cabo se han mantenido  a pesar de la política de cultura municipal.
     Creemos que la formulación del proyecto de ordenanza no ha sido debatido de manera plural, de modo tal que involucre a los actores y protagonistas reales del sector, pudiendo lograr un proyecto con un grado de consenso e inclusión mucho mayor. Es en este sentido que comprendemos y apoyamos el reclamo de los empleados municipales de cultura cuyo trabajo en muchos casos resulta invaluable, como el de los editores, artistas callejeros, actores, artesanos, entre otros que han recorrido mucho camino y obliga al Estado a tenerlos en cuenta.
     El proyecto de ordenanza privilegia la constitución de una Fundación cuyos miembros no podrán ser elegidos de modo democrático, pudiendo darse situación de privilegio a capitales privados. La cultura es una dimensión social que debe comprender políticas públicas que acrecienten y consoliden el protagonismo de todos sus actores. Creemos que el estado es la única instancia capaz de articular en tal sentido las políticas, por lo que las legislaciones que comprenden a distintos sectores deben ser debatidas con sus protagonistas ya que esto es causa ineludible de la legitimidad de un marco normativo.
    Creemos que el estado no puede desentender funciones que le son intrínsecas. La concreción de políticas públicas del sector que fuere, debe tender al fortalecimiento de lo público en la medida en que el fortalecimiento de los derechos civiles y sociales es parte constitutiva e inalienable del estado. Este proyecto dejaría expresamente a la Cultura fuera de la Agenda de la Municipalidad, lo que significa, fuera de las garantías que la Municipalidad establece en su Carta Orgánica. Fuera del derecho y control de los ciudadanos:
·  A peticionar a las autoridades, a obtener respuestas y a la motivación de los actos administrativos.
·  A informarse y ser informados.
·  A acceder equitativamente a los servicios públicos, participar en su control y gestión.

     Como agrupación de ciudadanos que representa a los trabajadores de la cultura no aceptamos la no inversión del estado en políticas públicas, ya que el derecho a la cultura debe ser garantizado por el estado a toda la sociedad. A su vez, creemos que el quehacer cultural no se resume sólo en valores monetarios y nunca la búsqueda de fondos debe ser más importante que la democratización de las políticas públicas diseñadas por y para los ciudadanos, con el acuerdo y control de todos los sectores trabajadores de la cultura.
     Las fundaciones y otras instituciones con capitales privados, pueden existir fuera de la esfera del estado, pero nunca intentar suplirlo ya que su menester es otro.
De acuerdo a lo que hemos expuesto, expresamos:

 La urgente necesidad de financiamiento creciente del área de cultura de la municipalidad en manos del Estado y no de intereses privados.

- La formulación de políticas públicas que comprendan a sus actores fundamentales que sean debatidas democráticamente.
   
-  La retracción en el tratamiento del proyecto de ordenanza por falta de consenso y la elaboración de un nuevo proyecto que contemple las voces de todos los protagonistas.

-  Nuestra solidaridad con los empleados de cultura de la Municipalidad de Córdoba.

Mu.C.C.
Músicos Convocados de Córdoba Asociación Civil-P.J. Resolución 132 “A” / 08
…………………………………………………………………………………….23 de Marzo 2012

Apoyamos desde Córdoba la movilización del día 20 de Marzo de músicos y referentes de la actividad musical en contra del veto de la ley Nº4021 de reconocimiento artístico por parte del gobierno de la ciudad de Bs. As.
Hoy nos encontramos aquí representando a nuestros compañeros de la FIMA-UDEMUS de La Plata, dando nuestro apoyo a ésta manifestación. Nunca dejaremos la lucha por mejorar las condiciones de trabajo para los músicos de toda nuestra Nación.
En Mu.C.C. desde Córdoba y como integrante de la FIMA -Federación Independiente de Músicos de Argentina- fundada el 12 de septiembre del 2008, apoyamos la inmediata reinstauración y puesta a cumplir de la ley 4021 de reconocimiento a la actividad musical del gobierno de la ciudad de Bs. As.
Esperamos que a partir de este momento nuestra FIMA integrada por UDEMUS de La Plata, M.I.M.M de Mendoza, A.M.I. de Neuquén, Mu.C.C. de Córdoba, A.BRE.MUSI. del Chaco sea tenida en cuenta y este citada a debatir y aportar en todas las mesas que se traten políticas culturales y musicales en particular.
Por una Ley Nacional y Federal de la Música “Sonemos juntos o sonamos todos”.

Jorge A. Cueto Nill presidente de Mu.C.C y vicepresidente de FIMA.

viernes, 23 de marzo de 2012


¡Queridos compañeros!


¡A 36 años del Golpe, marchemos juntos con nuestra bandera por la memoria, la verdad y la justicia! 

Los esperamos este sábado 24 de marzo a las 18 hs.en la puerta de Casa de los Trabajadores: Tucumán 367

Por una cultura pública, inclusiva y sobretodo LIBRE de voluntades privadas, es importante que todos nos sumemos y aunemos nuestra voz. 
Un músico es un trabajador. 
Los esperamos, ¡vamos todos a marchar !

SEMANA 2012

SEMANA 2012

Grito Rock Córdoba!

Grito Rock Córdoba!
Estaremos participando de los Talleres de Formación... en breve informacion sobre temas y horarios.